
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió un fallo a favor de Carliz De La Cruz, al determinar que el uso de su voz en dos canciones de Bad Bunny se realizó sin la autorización correspondiente, dando así la razón a la mujer que durante años sostuvo que sus derechos fueron vulnerados.
La decisión representa uno de los casos más relevantes relacionados con derechos de imagen y propiedad sobre grabaciones de voz dentro de la industria musical latina, debido al impacto internacional que alcanzaron los temas en los que aparece la frase “Bad Bunny, baby”.
La frase que llevó a Bad Bunny a tribunales
El origen del conflicto se remonta a una grabación realizada cuando la empresaria y Benito Antonio Martínez Ocasio, nombre real de ‘El Conejo Malo’, mantenían una relación sentimental.
Según el proceso judicial, la voz de Carliz fue utilizada en dos producciones musicales del artista sin que existiera una autorización válida. La expresión terminó convirtiéndose en una de las introducciones más reconocidas de su repertorio, siendo escuchada por millones de personas.
La expareja del intérprete sostuvo desde el inicio del litigio que nunca cedió los derechos sobre esa grabación y que su uso en canciones de alcance internacional afectó sus derechos de imagen y de voz.
El Supremo revierte el rumbo del caso
La resolución del Tribunal Supremo modifica el panorama judicial del proceso al reconocer que la reclamación de Carliz De La Cruz tiene fundamento legal.
Con esta decisión, el máximo foro judicial de Puerto Rico concluyó que la utilización del audio sin la autorización correspondiente puede generar responsabilidad jurídica. En este sentido, De La Cruz estaría exigiendo al menos 40 mil dólares violación al derecho de integridad.